La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades ha convocado en la resolución de 2 de agosto de 2012 ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2012-2013 (BOE Nº 190, de 9 de agosto de 2012).

Se convocan, para el curso 2012-2013 las siguientes ayudas individualizadas:

  1. Ayudas directas para el alumnado incluyendo al afectado por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
  2. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  3. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 25 de septiembre de 2012 inclusive.

Clases y cuantías de las ayudas

Becas para el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad o trastornos graves de conducta, incluido el afectado por TDAH:

  • Enseñanza: hasta 862 €.
  • Transporte interurbano: hasta 617 €.
  • Comedor escolar: hasta 574 €.
  • Residencia escolar: hasta 1.795 €.
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442 €.
  • Transporte urbano: hasta 308 €.

Libros y material didáctico:

  • Para Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Programas de Cualificación Profesional Inicial y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105 €.
  • Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204 €.
  • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, en aplicación de las bases de la convocatoria, con un límite máximo de 913 € para cada una de ellas.

Los alumnos pertenecientes a familias numerosas que no cumplan los requisitos económicos podrán optar a la beca en modalidad de subsidio, que cubrirá sólo los siguientes conceptos:

  • Transporte urbano e interurbano: hasta 617 €.
  • Comedor escolar: hasta 574 €.

Becas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Una cantidad máxima de 913 € para la asistencia a programas específicos para este colectivo que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.

Beneficiarios

El alumnado que presenta necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno de conducta grave podrá obtener las ayudas o subsidios a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 1 cuando reúna los siguientes requisitos:

1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
– Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
– Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
– Certificado de minusvalía.

2. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2011. Excepcionalmente, podrán concederse ayudas a alumnos menores de dos años siempre que los equipos correspondientes certifiquen la necesidad de escolarización más temprana por razón de las características de la discapacidad.

3. Estar escolarizado en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, que hayan sido creados o autorizados definitivamente como tales por la administración educativa competente, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

4. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación Infantil.
b) Educación Primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado medio y superior.
f) Enseñanzas artísticas profesionales.
g) Programas destinados a la obtención de una cualificación profesional inicial.
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.

5. Además para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa de cualquier categoría, de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 3. Alumnado de altas capacidades.

El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales podrá obtener la ayuda a que se refiere el apartado c) del artículo primero cuando reúna los siguientes requisitos:

1. Presentar necesidad específica de apoyo educativo asociada a alta capacidad intelectual siempre que dicha necesidad haya sido acreditada mediante certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.

2. Tener cumplidos seis años de edad a 31 de diciembre de 2012.

3. Estar cursando alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación Primaria.
b) Educación Secundaria Obligatoria.
c) Bachillerato.
d) Ciclos formativos de grado medio y superior.
e) Enseñanzas artísticas profesionales.

Umbrales de renta y patrimonio

1. Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2011 no hayan superado, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1000/2012, de 29 de junio, los umbrales siguientes:
Umbrales de renta familiar:

  • Familias de un miembro: 11.937,00 euros.
  • Familias de dos miembros: 19.444,00 euros.
  • Familias de tres miembros: 25.534,00 euros.
  • Familias de cuatro miembros: 30.287,00 euros.
  • Familias de cinco miembros: 34.370,00 euros.
  • Familias de seis miembros: 38.313,00 euros.
  • Familias de siete miembros: 42.041,00 euros.
  • Familias de ocho miembros: 45.744,00 euros.

Solicitud

1. Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacion.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 25 de septiembre de 2012 inclusive.